Para quienes compran y venden en forma simultánea, en donde coincide la misma fecha de venta y compra se les puede tornar complicado mudarse el mismo día de la escritura, el comodato inmobiliario cumple un papel de gran ayuda. Este modelo contractual se aplica entonces cuando el vendedor precisa quedarse algunos días más en la propiedad que está vendiendo, hasta encontrar o remodelar, arreglar o pintar donde se mudará.
Lo ideal es que el comodato se realice por contrato escrito, para que queden perfectamente establecidas las obligaciones de cada parte, y la fecha de restitución del inmueble; y por supuesto que se certifiquen las firmas notarialmente para que dicho acuerdo tenga fe pública en cuanto a los firmantes.
El comodatario pagará todos los servicios que se consuman durante el comodato, así como los gastos ordinarios. Es válido aclarar que cuando el comodato se da en el marco de una compraventa, generalmente no hay gastos extras y se incluye como parte de los puntos de la operación. Si bien no se vuelca en la escritura hay documentos contextuales que hacen referencia clara a este procedimiento.
En principio no hay plazo mínimo ni máximo estipulado en el Código Civil y Comercial; y al vencimiento del plazo pactado se podría renovar por voluntad de las dos partes.
Es importante aclarar que para seguridad del comprador, se puede aplicar una retención en garantía, es decir, que queda en custodia del escribano o del corredor una cierta suma de dinero para eventuales incumplimientos. Si se diera que el comodatario no entrega a tiempo el inmueble, entonces el comprador podría disponer de esa garantía para afrontar gastos que se generaran por la demora de esa entrega.